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CLASIFICACIÓN DE PRESAS

by Dobim / jueves, 28 abril 2022 / Published in LICITACIONES
clasificacion_presas_dobim

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha publicado en noviembre de 2021 la nueva Guía Técnica para la Clasificación de Presas, que remplaza a la elaborada en 1996 para dar desarrollo al Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses publicado ese mismo año.

Es importante reseñar que este reglamento recogía los conceptos de seguridad de presas establecidos en la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, aprobada el 9 de diciembre de 1994, introduciendo como novedad en la determinación de los criterios esenciales de seguridad la consideración de los daños potenciales que produciría la presa en caso de rotura o funcionamiento incorrecto. En función de los daños esperables se establecían tres categorías, A, B o C y de esta clasificación se derivaba la obligatoriedad de aprobar e implantar Planes de Emergencia para aquellas presas que resultasen inclusas en las categorías A o B.

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La nueva Guía Técnica para la Clasificación de Presas se ha elaborado para introducir en la metodología de clasificación los cambios normativos derivados de la aprobación del Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y, la aprobación del Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las NORMAS TÉCNICAS DE SEGURIDAD PARA LAS PRESAS Y SUS EMBALSES. Estas normas constituyen, desde su aprobación, la normativa de referencia en materia de seguridad y explotación de presas en España, sustituyendo a la Instrucción para el Proyecto, Construcción y Explotación de Grandes Presas y al Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses.

El mayor cambio que se introduce en la modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en adelante RDPH) en materia de seguridad de presas, desde el punto de vista de la clasificación de estas, es el establecimiento de la obligación de clasificación de todas aquellas presas y balsas de altura superior a 5 metros o de capacidad de embalse mayor de 100.000 m3.

A partir de estas modificaciones se establece por lo tanto la obligatoriedad de solicitar la clasificación de las presas atendiendo a este doble criterio:

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Para realizar la clasificación de las presas en función del riesgo potencial se partirá de la hipótesis de rotura de esta, siendo este el escenario más desfavorable de entre todos los posibles. El proceso a seguir sería:

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Los elementos que se incluirán en el análisis de afección son:

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La clasificación propuesta corresponderá a la mayor obtenida de cada grupo de análisis.

Para el proceso de valoración de las afecciones se fijan dos etapas que se repetirán en los cuatro grupos de análisis establecidos, para todos los elementos que se encuentren dentro de la zona inundable tras la rotura:

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Una vez cumplidas estas dos etapas,  se establecerá la categoría a asignar a la presa en estudio, atendiendo a los siguientes criterios:

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Tal como se ha indicado al inicio del presente artículo, aquellas presas que tras el análisis de riesgos  resulten inclusas en las categorías A o B respecto a su riesgo potencial, requerirán de la elaboración e implantación de un Plan de Emergencias específico.

Actualmente, con datos de junio de 2021, la situación de las presas españolas es la siguiente:

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Estando clasificadas un total de 1.927 instalaciones, incluyendo presas, diques de collado y balsas, existentes, en construcción y en proyecto. De este total 905 son presas clasificadas A o B.

Una vez aprobados los Planes de Emergencia de estas presas, será necesario proceder a su implantación, lo que en muchas ocasiones derivará en la necesidad de acometer obras y reformas en las infraestructuras afectadas para adecuarlas a los requerimientos establecidos en los planes.

En la actualidad estamos siendo testigos de un incremento de este tipo de licitaciones que seguirán surgiendo en función del ritmo de aprobación de los planes por parte de los agentes implicados que son la Dirección General del Agua y la Comisión Permanente del Consejo Nacional de Protección Civil.

En una próxima entrada, al hilo de esta, desarrollaremos la implantación de planes de emergencia.

Información extraída de:

https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/seguridad-de-presas-y-embalses/gestion-seguridad-presas/clasificacion.aspx

https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/seguridad-de-presas-y-embalses/guiatecnicaclasificacion_adaptacionants_nov2021_v16_tcm30-533050.pdf

En una próxima entrada desarrollaremos la implantación de planes de emergencia en presas.

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Disponéis de más artículos elaborados por nuestros técnicos en el siguiente enlace.

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Tagged under: clasificación, dobim, documentaciones técnicas, documentaciones tecnicas licitaciones, estudios, licitación, memoria, miteco, presas, técnica

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